SOCIEDAD LIMITADA – Capitulo 4 cz

National law – CZ – Business law – chapter 4

Una sociedad limitada es parte de una empresa privada, aunque no es una empresa personal típica.

Características básicas

  • es una empresa en la que al menos un socio garantiza sus deudas limitadas (Comanditaria) y al menos un socio ilimitado (Complementario)
  • la disposición de la sociedad anónima se aplica a las sociedades limitadas

Contrato social

  • contiene la determinación de cuál de los socios es un complemento y quién es un Comanditario, la cantidad de la contribución de cada Comanditario
  • las acciones de los candidatos se determinarán según la proporción de sus depósitos
  • El Comanditario cumple con la obligación de depósito en la cantidad y manera especificada en el contrato social, de lo contrario en efectivo y sin demora después del establecimiento de su participación en la empresa
  • para las deudas de la empresa, el Comanditario con los demás socios garantiza conjunta y solidariamente el importe de su depósito impago según el estado de registro en el Registro Mercantil.
  • si el contrato social determina que los Comanditarios son responsables por las deudas de la compañía hasta el monto especificado (cantidad limitada), este monto se ingresará en el contrato social, no se podrá acordar una cantidad inferior a la cantidad del depósito

Autoridad estatutaria

  • el cuerpo estatutario de la compañía son todos miembros de la compañía, el contrato social puede estipular que el cuerpo estatutario de la compañía es solo algunos de los complementarios o uno de ellos
  • a menos que se acuerde lo contrario en el contrato social, todos los miembros decidirán en asuntos no atribuibles al organismo estatutario, con el voto especial de los Complementarios y los Comandantes Especiales.
  • Las ganancias y pérdidas se dividen entre la empresa y el complementario, a menos que el contrato social determine la división, divida la ganancia y la pérdida entre la empresa y el complementario a la mitad

Disolución de la empresa

– es suficiente para abolir la sociedad limitada el hecho de que ninguno de los complementarios en ella cumpla con los requisitos para ser miembro de una corporación comercial según la ley (como integridad, barrera para el mantenimiento y otros)

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